La Comunidad Autónoma, a través del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, convoca ayudas para el mantenimiento de la actividad comercial y otras actividades no esenciales para paliar los efectos de la pandemia por el COVID-19, según informa la Concejalía de Comercio. Podrán concurrir a dichas subvenciones las pymes, con cuatro o menos empleados de plantilla media entre el 14 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2021, que tengan su centro de trabajo en la Región de Murcia, su sede social en España, que ejerzan su actividad con anterioridad al 14 de marzo de 2020 y continúen desarrollando la misma en el momento de la presentación de la solicitud. Además, su actividad debe estar comprendida en los epígrafes señalados en el anexo de la orden de bases reguladoras publicada en el BORM nº 162 del 16 de julio de 2021, y entre otros, los siguientes: · Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero. · Comercio al por menor de artículos de droguería y limpieza; perfumería y cosméticos de todas clases y de productos químicos en general; comercio al por menor de hierbas y plantas en herbolarios. · Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción. · Comercio al por menor de bienes usados tales como muebles, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico. · Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como sus accesorios. · Otro comercio al por menor. · Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos). El crédito disponible máximo para esta convocatoria es de 15.000.000 euros y la cuantía máxima de subvención a cada beneficiario será de 3.500 euros. La solicitud de subvención se encuentra disponible, a partir de las 9 horas del día 23 julio, en los modelos normalizados que se facilitan en la dirección: https://sede.institutofomentomurcia.es/infodirecto/ y el plazo finaliza a las 24 horas del día 8 de septiembre de 2021.